🕒 ¿A partir de qué momento se envían los expedientes al RPC?
- Los expedientes que se enviarán automáticamente son los creados en el Gestor de publicaciones a partir de la fecha de activación de la integración (17/11/2025) y que lleguen a la fase de perfeccionamiento. Los que se hayan creado antes de esa fecha no se enviarán de forma automática y habrá que introducirlos desde el órgano de contratación en el Registro Público de Contratos.
- El momento de traslado de los mismos será el de publicación en el Perfil de Contratante de la fase definida por el envío en cada caso (detalle de las fases que se envían al RPC).
📄 Fases y documentos que se trasladan al RPC
1. Fase de adjudicación , en los siguientes casos:
- Contrato basado en acuerdo marco
- Contratos específicos de sistemas dinámicos de adquisición
- Contratos menores
- Abiertos simplificado abreviado
- Contratos con tramitación de emergencia
- Publicaciones de contratos agregados menores/basados y específicos de sistemas dinámicos.
2. Fase de formalización , en los casos que no se hayan enviado a la adjudicación.
3. Fase de ejecución:
- Modificaciones objetivas
- Prórrogas
- Extinciones
- Lotes desiertos
4. Documentos anexos a las publicaciones que se envían al RPC:
- Tienen que estar en formato PDF
- Deben tener un tamaño máximo de 10 MB
🚫 Publicaciones que no se enviarán inicialmente al RPC
- Acuerdos marco (no deben informarse al RPC)
- Sistemas dinámicos de adquisición (no deben informarse al RPC)
- Asociación para la innovación Adjudicatarios múltiples (la versión actual del RPC no lo permite)
- Compras públicas precomerciales (no deben informarse al RPC)
- Ampliaciones de plazo Liquidaciones de contratos menores inferiores a 5.000 euros (se liquidan de forma automática a la RPC).
- Lotes anulados que no sean desiertos (no deben informarse al RPC)
- Fase de ejecución:
- Ejecuciones directas.
- Modificaciones subjetivas.
- Otras actuaciones de ejecución.
🔄 Cambios que implica la integración
- Se habilita la obligación de informar a los campos adicionales incorporados al Gestor de publicaciones en el Perfil de Contratante con el objetivo de habilitar la integración en la versión del 22/05/2024. Puedes consultar los detalles en la publicación: La Plataforma de Servicios de Contratación Pública incorpora nuevos campos para preparar la integración con el Registro Público de Contratos.
- Necesidad de adaptación de los gestores de expedientes que publican automáticamente por la modalidad de integración en el servicio, para informar a estos campos de forma obligatoria. En caso de que no lo hagan de forma automática, será necesario que los usuarios incorporen estos datos de forma manual para poder llegar a la publicación. Debe tenerse en cuenta la última versión del documento de integración de mensajería específica de la PSCP.
- Nuevas consolas en la PSCP:
- Seguimiento de envíos al RPC: a través de esta consola, los usuarios del Gestor de publicaciones realizarán el control de los envíos. Adicionalmente, la herramienta envía avisos de correo electrónico a los validadores relacionados con la publicación, en caso de que se produzca un error en el envío.
- Liquidación de contratos menores agregados
🔄 Aspectos a tener en cuenta por organismos que tienen desarrollada la integración con RPC desde sus gestores de expedientes de contratación
Inicialmente, convivirán los nuevos servicios de integración con el RPC, desde la PSCP, y los servicios web del RPC ya existentes, para gestores de contratación terceros. Sin embargo, estas aplicaciones integradas directamente, recibirán un error -1 por aquellos contratos que intenten pasar y ya hayan sido enviados por la PSCP previamente.
Este error -1 puede contener uno de los mensajes de abajo, que los integradores, tendrán que tener en cuenta interpretar bien para poder quedarse el número de registro en el RPC de los contratos que ya están remitidos, y dar estos mensajes como válidos desde su sistema.
Respuesta de contrato:
- "Existe un contrato con el mismo número de expediente, el número de registro existente es (…)".
- "No se puede modificar un contrato enviado a la JCCA."
- "No se puede modificar un contrato validado por la JCCA."
Respuesta de liquidación:
- "No se pueden actualizar los datos de una liquidación enviada a la JCCA."
- "No se pueden actualizar los datos de una liquidación validada por la JCCA."

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