¿Qué necesito para a crear una representación?

Toda representación debe contener los siguientes datos:
• El poderdante (nombre/razón social i NIF): puede ser una persona física o bien una persona jurídica.
• El representante (nombre/razón social i NIF): puede ser una persona física o bien una persona jurídica.
• Tipo de apoderamiento: puede ser “General”, “A un organismo” o bien “A trámites”. Puedes consultar más detalle a <a href="https://suport-representa.aoc.cat/hc/es/articles/4417801368593-Qu%25C3%25A8-%25C3%25A9s-una-representaci%2 rel="noopener noreferrer">Tipo de apoderamientos (apartado Tipo de apoderamientos).
• Capacidad para a la cual se otorga la representación para los trámites: puede ser: “Todas”, “Consultar”, “Tramitar” i/o “Recibir notificaciones”.
• Vigencia de l'apoderamiento: indica el período que l'apoderamiento estará vigente.
• Tramitación atendida: si es necesario que el funcionario haga la tramitación en nombre de l'interesado.
• Documentación adjunta que será necesario aportar por a acreditar la representación. Consulta l apartado de Obtener plantillas de solicitud.

En caso de que l'apoderamiento se cree por a un ente en particular (empoderamiento del tipo “A un organismo”), deberá informarse al campo Organismo con l'ente ante el que se otorga la representación.

En caso de que l'apoderamiento se cree por a un trámite o bien un conjunto de trámites (empoderamiento del tipo “A trámites”), habrá que informar a los campos:
• Organismo, con l'ente ante el que se otorga la representación.
• Trámite/s por los que se otorga la representación. Es posible elegir primero a la familia de trámites, para facilitar la selección de la lista de trámites a otorgar la representación

¿Cómo puedo hacer una inscripción en el Representa?

Una vez has informado los datos del poderdante i del representante te aparecerán unas pestañas, como se muestra a la siguiente imagen:

Tienes que activar la pestaña de Inscripción , que ya estará activada por defecto, i informar a los campos según se comenta a ¿Qué necesito para a crear una representación?.

Si necesitas más detalle sobre cómo realizar una inscripción en función del Tipo de apoderamientos, puedes consultar los siguientes puntos:

  • Cómo hacer una inscripción de un empoderamiento general.
  • Cómo realizar una inscripción de un apoderamiento a un organismo.
  • Cómo hacer una inscripción de un apoderamiento por a un trámite a un organismo.
¿Las empresas deben gestionar las representaciones por vía electrónica?

Sí. Según los argumentos que se expondrán a continuación, las personas jurídicas estarían obligadas a hacer i gestionar apoderamientos en electrónico.

Otorgar un empoderamiento no es un procedimiento administrativo, sino la capacidad de obrar en el procedimiento administrativo, un requisito previo para actuar.

Si nos fijamos en l' artículo 14 de la LPAC, “Derecho i obligación de relacionar-se electrónicamente con las Administraciones Públiques” (ubicado sistemáticamente a la Ley en el título II “De l'actividad de las Administraciones P__ “Normas generales de actuación”), existe una redacción dispar respecto a a relación de las personas físicas i jurídicas con l Administración.

L'artículo menciona la posibilidad de las personas físicas de relacionar-se electrónicamente o no con las Administraciones públiques i, entre estas relaciones, a más del procedimiento administrativo, expresamente indica la comunicación con l'Administración. En cambio, en el punto 2 especifica que para a las personas jurídicas existe obligación de relacionar-se electrónicamente con las administraciones públicas por a llevar a término cualquier trámite de un procedimiento administrativo.

Por tanto, para a las personas jurídicas la relación administrativa hace referencia a trámites de un procedimiento administrativo i por a las físicas se considera que esta relación puede ser una mera comunicación.

Teniendo en cuenta esta discrepancia, este artículo no está dentro del <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-10565&p=202009 rel="noreferrer noopener"> Título IV de las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común i que, a más, la voluntad del legislador con las leyes 39 i 40 es avanzar en la implantación de l de administración electrónica, se hace una interpretación sistemática de acuerdo con lespíritu de la norma i se determina obligatoria la tramitación electrónica por __tra__13__ jurídicas.

Obtener plantillas de solicitud

Desde la misma aplicación del Representa, puedes generar i imprimir los documentos de solicitud de inscripción, modificación i de tramitación dada que debe rellenar i firme la persona que nos solicita la inscripción o modificación de una representación.

Encontrarás las diferentes plantillas en el margen lateral derecho, a la pestaña “Plantillas de documentos”

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  • Inscripción : para pedir la inscripción de una nueva representación no existente previamente.
  • Modificación : para realizar cambios en una representación ya existente, ya sea para aceptar, renunciar, revocar o solicitar una prórroga. Hemos consolidado estos procesos en un sólo formulario para simplificar las opciones.
  • Tramitación Atendida : para autorizar al funcionario habilitado a tramitar en nombre de la persona compareciendo.

Adicionalmente, en relación con las solicitudes de inscripción de una representación, para evitar que el solicitante tenga que cumplimentar la solicitud a mano, firmar-la i generar una copia auténtica de la misma para incorporar-la a la plataforma, se ofrece.

De este modo, el gestor puede introducir los datos de poderdante i representante, así como los datos de la representación i descargar-se la solicitud pre-cumplimentada, para que el solicitante la firme i se pueda generar la copia auténtica para incluir__TRA__.

Puedes obtener más información a: Cómo descargar solicitud pre-llenada.

Cómo descargar solicitud pre-llenada

En relación con las solicitudes de inscripción de una representación, para evitar que el solicitante tenga que rellenar la solicitud a mano, firmar-la i generar una copia auténtica de la misma para incorporar-la a la plataforma, se ofrece una solicitud modo:


1.- El gestor debe introducir los datos de poderdante i representante, así como los datos de la representación

descarga_4.png

2.- A continuación debe pulsar “Descarga solicitud”, que descargará un pdf

descarga_2.png

3.- El documento descargado es la solicitud pre-cumplimentada con los datos de solicitante, poderdante, representante i representación.

descarga_3.png

4.- Esta solicitud pre-cumplimentada sólo tiene que ser firmada por el solicitante i se genere una copia auténtica para adjuntar-la a la plataforma.

descarga_4.png

Cómo informar los datos del poderdante o del representante

Para dar de alta una representación, lo primero que nos pide la plataforma es que introduzcamos el número identificativo de cada una de las partes.

poderdante1.png

Una vez introducido, la plataforma valida si el número identificativo ya existe o no a la plataforma i si ya existe, carga los datos que hay guardados:

poderdante2.png

En cambio, si no existe, valida su construcción i en función de ello:

  • si es un NIF de persona física, nos lo indica i nos pide que introduzcamos nombre, apellidos i datos de contacto - correo-e i/o teléfono- (si autorizamos la recepción de avisos):

poderdante3.png

  • si es un NIE de persona física, nos lo indica i nos pide que introduzcamos nombre, apellidos i datos de contacto - correo-e i/o teléfono- (si autorizamos la recepción de avisos):

poderdant4_nie.png

  • si es un NIF de persona jurídica, nos lo indica i nos pide que introduzcamos razón social i datos de contacto - correo-e i/o teléfono- (si autorizamos la recepción de avisos):

poderdant5_nif_juridica.png

  • si no es un NIF ni es un NIE, nos indica que se tratará como un pasaporte i nos pide que introduzcamos nombre, apellidos i datos de contacto - correo-e i/o teléfono- (si autorizamos la recepción de avisos):

poderdant6_passaport.png

En este sentido, es una práctica recomendable autorizar la recepción de avisos para que las personas interesadas reciban un aviso cada vez que existe un cambio de estado de la representación (ya sea por correo-e, por teléfono o por ambas vías, en función de los datos introducidos). Así pues, los datos de contacto no son obligatorios pero sí recomendados.

Cómo hacer una inscripción de un apoderamiento general

A la pestaña de Inscripción, selecciona como a tipo de apoderamiento l'opción de General :

Es necesario informar los campos de:

  • Capacidad por a la cual se otorga la representación para los trámites. Esta capacidad puede ser: “Todas”, “Consultar”, “Tramitar” i/o “Recibir notificaciones”.
  • Vigencia: período de tiempo que permanecerá vigente la representación. ¿Hay algún período máximo?
  • Tramitación atendida: si se trata de un apoderamiento “apud acta” mediante comparecenciaa personal a las oficinas de asistencia en materia de registros. Puedes consultar l'apartado de Adjuntar documentación por a una tramitación atendida por a tener más información de este proceso.
  • Documentos adjuntos: es necesario incorporar toda la documentación necesaria para poder acreditar la representación. Puedes consultar l'apartado de Adjuntar documentación a una representación para a tener más información de este proceso.

Una vez informados todos los campos, pulsa sobre el botón de , i la plataforma, automáticamente redirigirá la representación hacia los siguientes estados:

  • Pendiente de aceptación: si la representación ha sido creada a instancia de poderdante i no tiene documentación adjunta a validar, quedando pendiente de l de aceptación por parte del representante
  • Pendiente de validación: si la representación tiene documentación adjunta que avala la representación (haya sido creada a instancia de poderdante o representante) i debe ser revisada por el perfil de validador.

Hay que tener en cuenta que un empoderamiento General implica no tener activos otros tipos de apoderamientos, en concreto:

  • Poder “A un organismo” , para que l'apoderado pueda actuar en nombre del poderdante en cualquier actuación administrativa ante una Administración o un organismo concreto.
  • Poder “a trámites” , para que l'apoderado pueda actuar en nombre del poderdante únicamente para efectuar determinados trámites especificados en el poder ante una Administración o un organismo concreto.
Cómo hacer una inscripción de un apoderamiento a un organismo

A la pestaña de Inscripción, selecciona como a tipo de apoderamiento l'opción de A un organismo :

Es necesario informar los campos de:

  • Capacidad por a la cual se otorga la representación para los trámites. Esta capacidad puede ser: “Todas”, “Consultar”, “Tramitar” i/o “Recibir notificaciones”.
  • Organismo: ente ante el que el representante podrá actuar en nombre del poderdante por a cualquier actuación administrativa en este organismo.
  • Vigencia: período de tiempo que permanecerá vigente la representación.
  • Tramitación atendida: si se trata de un apoderamiento “apud acta” mediante comparecenciaa personal a las oficinas de asistencia en materia de registros. Consulta l'apartado de Adjuntar documentación por a una tramitación atendida por a tener más información de este proceso.
  • Documentos adjuntos: es necesario incorporar toda la documentación necesaria para poder acreditar la representación. Consulta l'apartado de Adjuntar documentación a una representación para a tener más información de este proceso.

Una vez informados todos los campos, pulsa sobre el botón de , i la plataforma, automáticamente redirigirá la representación hacia los siguientes estados:

  • Pendiente de aceptación: si la representación ha sido creada a instancia de poderdante i no tiene documentación adjunta a validar, quedando pendiente de l de aceptación por parte del representante
  • Pendiente de validación: si la representación tiene documentación adjunta que avala la representación (haya sido creada a instancia de poderdante o representante) i debe ser revisada por el perfil de validador

Hay que tener en cuenta que un apoderamiento “A un organismo” implica no tener activos otros tipos de apoderamientos, en concreto:

  • Poder “General” , para que l'apoderado pueda actuar en nombre del poderdante en cualquier actuación administrativa ante cualquier Administración.
  • Poder “A trámites” , para que l'apoderado pueda actuar en nombre del poderdante únicamente para efectuar determinados trámites especificados en el poder ante esta Administración.

Cómo inscribir un apoderamiento por a un trámite a un organismo

A la pestaña de Inscripción, selecciona como a tipo de apoderamiento l'opción de A trámites :

Es necesario informar los campos de:

  • Organismo: ente ante el que el representante podrá actuar en nombre del poderdante para a realizar determinados trámites en este organismo.

  • Capacidad por a la cual se otorga la representación para los trámites. Esta capacidad puede ser: “Todas”, “Consultar”, “Tramitar” i/o “Recibir notificaciones”.
  • Trámite: seleccionar trámite/s, por los que se otorga l'empoderamiento. La lista de trámites también se puede escoger a partir de una familia de trámites. Seleccionar una familia de trámites, significa que estamos otorgando representación por a cada uno de los trámites que integran esta familia.
    • IMPORTANTE: si a una familia se le añaden trámites, no quiere decir que se otorguen nuevas representaciones al representante.
    • IMPORTANTE: si a una familia se le quitan trámites, no quiere decir que se revocan/renuncien representaciones otorgadas al representante.

  • Vigencia: período de tiempo que permanecerá vigente la representación.
  • Tramitación atendida: si se trata de un apoderamiento “apud acta” mediante comparecenciaa personal a las oficinas de asistencia en materia de registros. Consulta l'apartado de Adjuntar documentación por a una tramitación atendida por a tener más información de este proceso
  • Documentos adjuntos: es necesario incorporar toda la documentación necesaria para poder acreditar la representación. Consulta l'apartado de Adjuntar documentación a una representación para a tener más información de este proceso.

Una vez informados todos los campos, pulsa sobre el botón de , i la plataforma, automáticamente redirigirá la representación hacia los siguientes estados:

  • Pendiente de aceptación: si la representación ha sido creada a instancia de poderdante i no tiene documentación adjunta a validar, quedando pendiente de l de aceptación por parte del representante
  • Pendiente de validación: si la representación tiene documentación adjunta que avala la representación (haya sido creada a instancia de poderdante o representante) i debe ser revisada por el perfil de validador

Hay que tener en cuenta que un apoderamiento “A trámites” implica no tener activos otros tipos de apoderamientos, en concreto:

  • Poder “General” , para que l'apoderado pueda actuar en nombre del poderdante en cualquier actuación administrativa ante cualquier Administración.
  • Poder “A un organismo” , para que l'apoderado pueda actuar en nombre del poderdante en cualquier actuación administrativa ante este ente.
¿Cómo realizar una representación con tramitación atendida?

La forma de realizar una representación con tramitación atendida, a nivel de operativa es igual que una representación sin tramitación atendida. La única diferencia es que es necesario:

  1. marcar esta casuística al realizar l'alta
  2. adjuntar la solicitud de tramitación atendida en la que el solicitante autoriza al trabajador úblic a realizar l'alta de la repreentación
  3. firmar l'alta por parte del trabajador públic al finalizar-la

A nivel jurídico, sin embargo, es necesario que los trabajadores públics que realicen esta tarea tengan la consideración de funcionarios habilitados.

Cuando i cómo adjuntar documentación a una representación

En el proceso de inscripción de una representación es necesario aportar documentación para poder acreditar a justificar jurídicamente la representación.

Siempre debe adjuntarse la solicitud que aporta la persona compareciendo, ya sea una solicitud de alta, una solicitud de modificación/baja o bien, una solicitud de tramitación atendida.

Adicionalmente, en caso de que la representación se base en documentación previamente existente, ésta también deberá acompañarse a la solicitud.

Si no se acompaña ningún otro documento a banda de la solicitud del compareciente, la representación pasará a “Pendiente de aceptación”, a l'espera que lotra parte l'acepte. En cambio, si se acompaña más documentación, la representación pasará a “Pendiente de validación” por a l'análisis i revisión del perfil “Validador” de l'administración concreta, que decidirá si l acepta o la deniega.

Para a adjuntar la documentación, es necesario:

  • Seleccionar el tipo de documentación que queremos incorporar a la inscripción. Es muy importante que indiques correctamente el tipo de documento, ya que la plataforma requiere que como mínimo adjuntes un documento tipo "solicitud" para que se pueda inscribir la representación. Adicionalmente, si adjuntas otra documentación, es necesario que la catalogues correctamente como "Poder notarial" o "Otros".
  • Describir la documentación que estás incorporando.
  • I finalmente, incorporar el documento. Se puede hacer de 3 modos diferentes
    • Generando una copia electrónica con el servicio de CÒPIA del Consorci AOC.
    • Cargando una copia electrónica generada mediante otros servicios de copias auténticas electrónicas de documentos en soporte papel.
    • Informando código CSV del documento, para a conocer la subsistencia del poder i descargar la copia simple del poder notarial. (El código seguro de verificación (CSV) es un código que se encuentra a cada documento i es una referencia unívoca que permite acceder al mismo documento en formato electrónico para verificar- su autenticidad). Más información: <a href="https://www.aoc.cat/knowledge-base/que-es-i-que-fa-el-representa/idservei/representa/" target=" noopener">¿Qué es i qué hace el Representa? Apartado: ¿Representa está integrado con otros registros de apoderamientos?

Una vez informados todos los datos, clica sobre el botón de Guardar, i devuelve a la pantalla/pestaña de inscripción de representaciones.

Adjuntar documentación por a una tramitación atendida

Cuando se selecciona este caso de tramitación:

El servicio informa que en el momento de la inscripción de la representación, será necesario que el funcionario habilitado firme esta representación en nombre del ciudadano. Por este motivo, cuando se selecciona esta opción, el primer documento a incorporar a la inscripción de esta representación, sea precisamente el documento de delegación de firma que hace el ciudadano hacia el funcionario habilitado:

En este caso, es necesario informar:

  • Descripción: descripción del tipo de documento que aportamos a la representación. En este caso se trata de la " Solicitud de delegación de firma "
  • Documento: puedes incorporar el “documento papel” que aporta el ciudadano, mediante:
    • Generando una copia electrónica con el servicio de CÒPIA del Consorci AOC.
    • Cargando una copia electrónica generada mediante otros servicios de copias auténticas electrónicas de documentos en soporte papel.
¿Cuál es el tamaño máximo de un anexo? ¿Cuántos documentos pueden anexar-se?
El tamaño máximo de un documento anexado al Representa es de 25 Mb. En relación con las representaciones, el número máximo de documentos a anexar es de 10 documentos.
¿Cómo se modifican los datos personales?

Para modificar los datos, a la pantalla de inicio, es necesario incluir el NIF o pasaporte de la persona que solicita la modificación i pulsar “Modifica”.

Seguidamente, puedes cambiar los datos:

  • Nombre
  • Apellidos
  • Correo-e
  • Teléfono
  • Permitir o no recibir avisos de la plataforma

Una vez modificados los datos, pulsar “Guardar” i los datos ya aparecerán modificados.

Error (una inscripción interfiere a otra). ¿Qué significa?

La plataforma comprueba que no existan representaciones coincidentes entre dos personas, impidiendo su creación.

De esta forma, si creas una representación que coincide totalmente o parcialmente en ámbito i/o tiempo con otra, aparece este mensaje de error i no se permite la generación.

Como podemos ver, no nos deja crear la representación a lAyuntamiento de Barcelona, con la capacidad todas, para el período 26/9/2020-26/09/2021 dado que previamente entre estas dos personas se había otorgado ya un poder General con la capacidad Todas para el período 26/9/2020 l'anterior.

Funcionario habilitado i empleado: ¿quién puede prestar asistencia?

Cuando la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas regula las funciones de asistencia a los interesados (para a firmar documentos en nombre de los interesados no obligados i realizar copias auténticas), ls atribuye. A más, esta habilitación debe quedar inscrita en el Registro de Funcionarios Habilitados.

A pesar de que la disposición final séptima, sobre l'entrada en vigor de la ley, utiliza l'expresión “ empleados públics ” existe un consenso doctrinal al afirmar que la voluntad del legislador es designar a los funcionarios en sentido estricto (de carrera o interinos) para a llevar a

A la práctica, sin embargo, muchos nos públics (sobre todo los más pequeños) no tienen funcionarios en plantilla, lo que puede suponer un problema desde el punto de vista del funcionamiento de REPRESENTA ya que, en teoría, no tendrán forma material de asistir a los interesados.

¿Cuál es el período de vigencia máximo de una representación incluyendo las prórrogas?

De acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las representaciones inscritas en los registros electrónicos de apoderamientos tendrán una validez máxima de 5 años desde la fecha de inscripción, sin perjuicio de que, antes de la finalización de este plazo, el poderdante prorrogue o revoque este poder.

En caso de prórroga, la duración máxima de la representación será de 5 años a a partir de la fecha de su inscripción i se podrá ir prorrogando sucesivamente dentro de los 5 años establecidos por a la validez de su inscripción.

S debe tener en cuenta que la duración de los cargos de las sociedades anónimas es de 6 años (Real Decreto legislativo 1/2010, de 2 de julio). Por tanto, puede dar-se el caso de que una representación legal basada en unos poderes notariales, debidamente inscrita a REPRESENTA previa validación de los poderes, conste como a caducada porque han transcurrido 5 años pero el poder sobre el que se basa la inscripción siga vigente, permaneciendo 1 año.

En este caso, si el representante realizara alguna actuación en nombre del poderdante, debería aportar copia de lescritura o bien, inscribir una nueva representación por el plazo de 1 año.

Puedes consultar el procedimiento de prórrogas.