A continuación se indica el procedimiento a seguir en la emisión del idCAT Certificado cuando el ciudadano se identifica mediante https://www.midni.gob.es/

A partir del 2 de abril de 2026

Ya es obligatorio que las entidades (públicas o privadas) acepten el DNI digital a través de la app MiDNI. Esto significa que:

  • Las Entidades de Registro (ER) idCAT pueden seguir pidiendo el documento físico como hasta ahora.
  • El sector tiene tiempo para adaptarse a las nuevas herramientas digitales.

Gestión de la documentación cuando el ciudadano se identifica con MiDNI

En el proceso de emisión del idCAT Certificado, el ciudadano tiene la opción de oponerse a la consulta de datos en la Dirección General de Policía (DGP).

a) Si el ciudadano NO SE OPONE a la consulta en la DGP:

  • El operador de la Entidad de Registro (ER) puede verificar la identidad directamente con la herramienta MiDNI.
  • No es necesaria ninguna otra evidencia, sólo es necesario que el ciudadano firme la hoja de aceptación del certificado idCAT.

b) Si el ciudadano SE OPONE a la consulta en la DGP:

  • El ER debe hacer una lectura del DNIe.
  • Esta lectura debe guardarse como evidencia y añadirla al expediente del ciudadano.
  • También es necesario custodiar esta documentación durante 15 años desde la caducidad del certificado.
  • El ciudadano debe indicar los motivos de la oposición , que también deben incluirse en el expediente.