La publicidad sobre los canales interno y externo de información
La obligación de disponer de un canal interno de información está establecida en el artículo 5 de la Ley 2/2023 .
La información del canal interno de información debe ser adecuada, clara y accesible y debe constar en la página web de inicio, en una sección separada e identificable fácilmente (artículo 25 de la Ley 2/2023).
¿Dónde debe publicarse?
La Ley es muy específica sobre la visibilidad: En la página de inicio de la web municipal, en una sección separada e identificable fácilmente, mediante un enlace directo, con un nombre claro, como "Canal de Alertas".
En la sede electrónica, con sección separada, identificable y accesible fácilmente
¿Qué debe contener la información de la sede electrónica?
Conviene también identificar cuál es la persona u órgano responsable del sistema interno de alertas.
Herramientas a su alcance: el Portal de Transparencia y el Asistente Guiado
Si es un ente que utiliza los servicios del AOC (Consorcio de Administración Abierta de Cataluña) , ya tiene parte del trabajo realizado:
Ítem : Tiene una página informativa del SIA ya creada en su portal de transparencia.
Activación : Sólo es necesario revisarla, personalizarla (incorporar la normativa propia) y publicarla.
Asistente guiado : Puede utilizarlo con independencia de su proveedor de SIA y/o de portal de transparencia. El enlace al asistente lo puede encontrar cambiando el código estadístico del ejemplo (8101410007) por el de su entidad: https://c.aoc.cat/ca-ag-8101410007 .
Si desconoces tu código, Listado de códigos disponible en el Municat.
Si necesita ayuda, puede contactar vía soporte AOC.
Banners para destacar el canal de alertas: https://suport.aoc.cat/ca-ES/article/?servei=canal-d-alertes&id=KA-07715_baners-del-servei
Más información : https://www.aoc.cat/serveis-aoc/canal-alertes/
En el anexo 1 se explica en detalle cómo activar y personalizar el ítem.
Recomendación
XGOC recomienda que la difusión no se limite a la web. Es necesario:
Comunicar el SIA también internamente (intranet, sesiones informativas, correos…).
Explicar su finalidad y garantías.
Normalizar su uso para que todo el mundo lo perciba como una herramienta segura y útil.
Un SIA visible y bien explicado es una herramienta esencial para reforzar el buen gobierno y la integridad pública.
Anexo 1. Instrucciones para activar el ítem “Canales de alertas y sistema interno de alertas (SIA)” en el portal de transparencia
Es necesario acceder al módulo «Govern obert e-tram» mediante el EACAT. Una vez que el usuario con permisos de edición entra, es necesario que acceda a «Información institucional y organizativa», se dirija a «Buen gobierno e integridad pública» y entre en «Canales de alertas y sistema interno de alertas (SIA) [A]».
Si bien no es necesario modificar el contenido por defecto del canal, sí es necesario incorporar en este apartado el instrumento normativo (instrucción o reglamento) que recoja el procedimiento de gestión de las alertas. Tanto para modificar su contenido como para adjuntar la instrucción o el reglamento de funcionamiento del sistema interno de alertas, es necesario dirigirse a la parte final de este apartado y acceder a «Edita».
Una vez activada, el apartado es plenamente visible y accesible.
Recuerde redireccionar el banner de la página de inicio a este apartado.
También puede activar el asistente guiado : La herramienta también dispone por defecto de un asistente que guía a los usuarios por el canal de alertas del ayuntamiento, el buzón de quejas y sugerencias y el canal de denuncia de la Oficina Antifraude.

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